21 October, 2026
SCJN saca refrescos y chatarra de prepas y universidades con fallo histórico
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SCJN saca refrescos y chatarra de prepas y universidades con fallo histórico

Oct 20, 2026

La Suprema Corte confirmó que los lineamientos que prohíben la venta de productos chatarra en las escuelas también deben aplicarse en preparatorias y universidades.

Ciudad de México, 20 de octubre (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó la semana pasada tres amparos promovidos por empresas que se oponían a los lineamientos que prohíben la venta de productos chatarra, refrescos y otras bebidas azucaradas en las escuelas.

La resolución de la Corte marca un precedente histórico porque confirmó que los lineamientos son aplicables para todos los planteles escolares, incluidas preparatorias y universidades.

Desde que la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Secretaría de Salud publicaron los lineamientos en septiembre de 2024, y cuando entraron en vigor en marzo de 2025, empresas de bebidas y productos ultraprocesados con sellos de advertencia se han opuesto a los lineamientos a través de amparos.

La resolución de la SCJN, votada de manera unánime el martes 13 de octubre, abordó tres amparos promovidos por las empresas Mason Kaiser (Eric Kaiser), la Embotelladora del Fuerte (filial de Coca Cola) y la compañía de máquinas expendedoras Megavending.

Las y los ministros determinaron que la regulación no vulnera la libertad de comercio ni de trabajo de las empresas, ya que estas pueden seguir ofertando sus productos fuera de las escuelas siempre y cuando cumplan con las condiciones de salud establecidas y tengan sellos de advertencia.

La Corte abordó la restricciones en las escuelas de educación superior. Las empresas argumentaban que la medida atenta contra el libre desarrollo de la personalidad de las y los estudiantes universitarios porque en su mayoría ya son mayores de edad. Sin embargo, la SCJN determinó que las universidades también son entornos educativos que deben ser protegidos.

Durante la discusión, la Ministra Loretta Ortiz señaló que algunos estudiantes universitarios carecen de recursos para acceder a comidas completas fuera del plantel, por lo que es obligación de las instituciones proveer un entorno con opciones alimentarias saludables y accesibles.

Chantal Reyes, abogada en la organización El Poder del Consumidor, una de las promotoras del etiquetado de advertencia vigente en México, destacó que esta resolución permitirá proteger la salud y la alimentación no solo de estudiantes de todos los niveles educativos, también de quienes trabajan en estos espacios.

“Es una medida muy progresista hablando en términos de derechos humanos porque es una regulación que implica proteger a los estudiantes, a la comunidad escolar y [lo que resolvió la SCJN] es un gran precedente que pueden tomar de referencia otros países”, dijo en entrevista.

La Ministra Yasmín Esquivel emitió un voto concurrente para apartarse del punto relacionado con  las universidades, argumentó que la medida podría interferir con la autonomía universitaria y su capacidad de autogobierno, puso como ejemplo las normas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), pero el resto de las y los ministros no coincidieron con esta postura y reiteraron que la autonomía no libra a las instituciones de cumplir con las regulaciones de salud pública.

Chantal Reyes celebró el fallo porque destacó el riesgo en planteles que comparten espacios físicos y cooperativas entre preparatorias y universidades, donde la falta de regulación en el nivel superior terminaría exponiendo a menores de edad a la comida chatarra.

Con el nuevo criterio de la Suprema Corte, los jueces y magistrados de juzgados locales ya tienen un precedente que seguir para negar las suspensiones y amparos promovidos por empresas contra los lineamientos que prohíben la venta de comida chatarra en las escuelas. Actualmente quedan pendientes de resolución en la Corte dos casos: el de una persona física y otro del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).

La abogada Reyes destacó que, a nivel internacional, este fallo destaca a México en la protección de entornos escolares. Debido a la trascendencia del caso, investigadores y organizaciones de países como Brasil, Colombia y Chile presentaron amicus curiae ante la Corte para aportar evidencia científica y respaldar los lineamientos.

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