
Aprueba el Senado reforma en materia de desaparición
El Senado de la República aprobó una reforma de gran alcance en materia de desaparición forzada, que busca fortalecer los mecanismos de búsqueda e identificación de personas no localizadas mediante el uso de herramientas tecnológicas y bases de datos interconectadas.
La iniciativa contempla la creación de una Plataforma Única de Identidad, que deberá estar lista en un plazo máximo de tres meses por parte de la Secretaría de Gobernación. Esta plataforma vinculará bases de datos públicas y privadas con la nueva Clave Única de Registro de Población (CURP) biométrica, con el fin de agilizar los procesos de localización de personas desaparecidas.
El dictamen aprobado modifica la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como la Ley General de Población. Entre las novedades más destacadas se encuentran:
- La creación de la Alerta Nacional de Búsqueda, que se activará de inmediato tras el reporte de una desaparición.
- El establecimiento de una Base Nacional de Carpetas de Investigación, actualizada en tiempo real por las fiscalías.
- La emisión de una Ficha de Búsqueda estandarizada.
- La obligación de que los servicios forenses realicen pruebas genéticas y dactiloscópicas a cuerpos no identificados, cuyos resultados deberán incorporarse al Banco Nacional de Datos Forenses.
Además, todas las autoridades —incluidas fiscalías y tribunales— deberán conectar sus bases de datos a este banco forense para fortalecer su funcionamiento.
El proyecto también impone nuevas obligaciones para los gobiernos federal y estatales, que deberán contar con fiscalías especializadas y personal capacitado en investigaciones por desaparición.
Por otro lado, el Instituto Nacional Electoral (INE) deberá, mediante convenio, dar acceso inmediato a la información biométrica contenida en sus registros a las autoridades de búsqueda y comisiones correspondientes.
En cuanto a la Ley General de Población, se establece que la CURP biométrica será el mecanismo oficial de identificación en el país. Toda persona física o moral, así como autoridades de los tres órdenes de gobierno, estarán obligadas a aceptarla como documento válido. Quienes incumplan con esta disposición podrán recibir sanciones económicas de entre un millón y dos millones de pesos, previa notificación.
La reforma ahora pasa a la Cámara de Diputados para su análisis y eventual aprobación.